EL PRESIDENTE DE LA CEOE NO SE AMILANA ANTE LA EXALTADA DIPUTADA DE 'MÁS MADRID'

Tensión en ‘Espejo Público’: Antonio Garamendi exige a Susanna Griso que corte el «mitin electoral» anti-empresarios de Tania Sánchez

"Si no quiere pagar la seguridad social, no sea empresario"

El presidente de la CEOE Antonio Garamendi, que intervenía este 18 de febrero de 2020 en ‘Espejo Público’ para valorar la derogación del despido por baja laboral continuada, ha exigido en un momento determinado a la presentadora, Susanna Griso, que cortara el «mitin electoral» de Tania Sánchez en contra de los empresarios.

«Si no quiere pagar la Seguridad Social, no sea empresario», arremetía contra él Sánchez, ex pareja de Pablo Iglesias y en la actualidad diputada de ‘Más Madrid’ en la Asamblea de Madrid.

Garamendi no se ha cortado y le ha recordado a Sánchez lo siguiente:

«El absentismo laboral puede llevar a cerrar la pequeña y mediana empresa»

Sin embargo, la de ‘Más Madrid‘ seguía insistiendo en que «muchos empresarios incumplen la Ley» y repetía que los empresarios «debían pagar los primeros 15 días porque tienen que asumir la mano de obra como parte de la inversión».

Por su parte, Garamendi ha calificado las palabras de Sánchez como «un mitin electoral» y ha solicitado que el debate se centre «en el absentismo profesional y el fraude del absentismo que supone millones de euros al año».

Derogación de la Ley del despido por baja médica

«Hoy, en el Consejo de Ministros, hemos derogado el despido por baja médica que tanto sufrimiento ha traído en la última década. Gracias al empuje de quienes han luchado todos estos años para poner fin a esta injusticia para la gente trabajadora de nuestro país», presumía el vicepresidente de Gobierno Pablo Iglesias.

Garamendi, en su intervención en A3, cree que con esta medida «vamos a castigar más a la economía española».

Sea como fuere, la decisión pretende revertir el aval que dio a esta práctica el pasado mes de octubre el Tribunal Constitucional. Bajo este artículo, se puede despedir a un trabajador si falta el 20% de jornadas hábiles en dos meses seguidos, siempre que haya faltado el 5% de las jornadas del último año. En el cálculo solo se suman ausencias por baja menores a 20 días, con ciertos supuestos excluyentes como tratamientos oncológicos, enfermedad grave o afectados por accidentes laborales.

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