EL CASO VIENE COMO ANILLO AL DEDO
El verbo “invigilar”, según el Diccionario de la lengua española, DLE, significa “velar, cuidar solícitamente de algo” (acaso convendría añadir a dicha acepción dos vocablos antes del último algo: “alguien o”).
Por tanto, la culpa in vigilando implica la responsabilidad de alguien no por hechos propios, sino por destrozos ajenos. Aunque el acto hubiera sido realizado por otra persona, será responsable del mismo quien debía supervisar que el individuo (hembra o varón) a su cargo cumplía satisfactoriamente con sus cometidos; y, por no vigilar qué y cómo hacía su trabajo, y no corregirlo a tiempo, este originó unos daños, fueran estos del jaez que fueran.
Si el responsable aún no ha dimitido,
Debe cesarlo Sánchez al momento.
¿Merece esa chapuza un monumento?
¿La demora no incumple lo emitido?
Tras años de trabajo, ¿qué ha ocurrido?
Que nadie que tuviera su sustento
Seguro tuvo en cuenta el documento.
¿¡Cuánta gente la pata aquí ha metido!?
Si no entran en los túneles los trenes,
Y las medidas justas se tomaron,
¿Cuántas/os por nada hacer todo cobraron?
Hoy sobran las plegarias con amenes;
No sirven, cuando es público el “chandrío”.
Como no me apetece llorar, río.
Ángel Sáez García